Mantiene la carga administrativa para las empresas armadoras, que deben recopilar datos de cada buque y cada viaje a y desde puertos de la UE
12/2/2019 – El pasado 4 de febrero, la Comisión Europea (CE) hizo pública su propuesta de revisión del Reglamento MRV de la UE, que introduce solo mínimas modificaciones, a pesar de su compromiso para que esta revisión reduzca la carga administrativa para las empresas armadoras y esté “en línea” con el sistema mundial de recopilación de datos sobre el consumo de combustible de los buques (DCS) de la OMI.
Las modificaciones propuestas por la CE se limitan principalmente a dos aspectos: alinear algunas definiciones, como las de ´empresa’, ‘periodo de notificación’, ‘peso muerto’, entre otros, a las del sistema de la OMI, lo que no tiene efecto ninguno en la práctica; y hacer que la aportación de los datos de la carga pase a ser voluntaria para la compañía armadora.
En abril de 2015, el Parlamento y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) 2015/757 relativo al seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de dióxido de carbono generadas por el transporte marítimo (MRV, por sus siglas en inglés) y cuya aplicación práctica comenzó el 1 de enero de 2018.
Dicho reglamento estipula que cada empresa armadora debe recoger datos sobre emisiones de CO2 para todos sus buques de más de 5.000 GT que recalen en puertos del Espacio Económico Europeo (EEE), incluidas las emisiones en los puertos. Dichos datos deben ser verificados por un verificador acreditado y recogerse por cada viaje, hacia o desde puertos de la UE, además de un resumen anual. Deben además aportar información sobre la carga transportada y está previsto que la Comisión pueda hacer públicos datos detallados a nivel de empresa y buque.
Por su parte, el sistema DCS de la OMI se empezó a aplicar el 1 de enero de este mismo año y, a diferencia del MRV europeo:
- no requiere la intervención de una compañía verificadora;
- solo se recaban datos de consumo de combustible y el peso muerto del buque, no de las cargas, y solo una vez al año, no por viaje;
- incluye todos los combustibles consumidos en el año, sin distinción del tráfico
- no está previsto que se hagan públicos datos a nivel de empresa.
De esta manera la Comisión se inhibe de su compromiso de “permitir la racionalización y la reducción del esfuerzo administrativo para las empresas y las administraciones tanto como sea posible”, tal y como manifiesta en la introducción a estas enmiendas y se inclina “por mantener los objetivos del Reglamento MRV”.
Esta propuesta se encuentra abierta a consulta pública hasta el 1 de abril y deberá después pasar el trámite del procedimiento legislativo ordinario de la UE, por Consejo y Parlamento, por lo que no será adoptada antes del fin de esta legislatura del Parlamento (mayo de este año). Pueden acceder a toda la documentación para esta consulta pública en el siguiente enlace.