La Comisión presenta una propuesta de Reglamento para monitorizar las emisiones de CO2 de los buques

El pasado 28 de junio, la Comisión Europea presentó una propuesta de Reglamento que obligaría a los armadores de buques de más de 5.000 GT que utilicen los puertos de la UE a monitorizar  y notificar las emisiones anuales de dióxido de carbono (CO2) de sus buques. La Comisión también hizo pública una Comunicación en la que expone su estrategia para hacer frente a este tipo de emisiones y reducirlas, preferentemente a través de medidas de ámbito global (OMI).

La Comisión afirma que un sistema de seguimiento y monitorización de las emisiones, como el que se propone, permitirá cuantificar la situación actual real de dichas emisiones marítimo y es un requisito previo indispensable para una posterior introducción de medidas de mercado.

Las medidas propuestas se aplicarían a todos los buques de más de 5.000 GT que hagan escala en puertos comunitarios. Los buques en tráfico intraeuropeo deberán monitorizar sus emisiones en todo momento, mientras que aquellos que operen en tráficos con países no comunitarios deberán hacerlo en todos aquellos trayectos con origen o destino un puerto europeo.

La Comisión afirma que las normas y procedimientos previstos se basan en documentos y equipos que ya se llevan a bordo de los buques actualmente, y que la carga administrativa adicional será mínima. No obstante, a priori, desde el punto de vista del sector, la obligación de realizar lecturas de consumo para cada tipo de combustible y para cada viaje, separadamente dentro y fuera de puerto, supone una notable carga de trabajo, que no se justifica si el objetivo final de la propuesta es obtener una evaluación estimativa del combustible consumido y, con ello, estimar las emisiones de CO2.

Resultaría no sólo mucho más fácil, sino también probablemente más preciso, establecer un procedimiento con lecturas, por ejemplo, trimestrales, ya que así se evitaría la acumulación de errores asociada a una lectura por cada viaje. Teniendo en cuenta, además, que el informe de emisiones que las empresas deben remitir a la Comisión y al Estado de Bandera debe incluir, únicamente, los resultados de la monitorización anual, no terminamos de ver la finalidad de esos procedimientos tan prolijos.

La propuesta seguirá ahora el proceso de adopción, por codecisión, entre Parlamento y Consejo, en el que sector naviero europeo va a adoptar una posición positiva, es decir, a favor de las medidas necesarias para la reducción de las emisiones procedentes del transporte marítimo, si bien, debido al carácter internacional de nuestro sector, consideramos que el foro adecuado para acordar estas medidas es la Organización Marítima Internacional (OMI) y no la Unión Europea.

Medidas adoptadas y aplicadas a nivel nacional o regional no sólo dañarían al sector marítimo europeo, sino también la competitividad de todas las industrias manufactureras de la UE, porque penalizarían sus importaciones y exportaciones. Al mismo tiempo, estas medidas unilaterales podrían hacer aún más difícil el acuerdo global necesario en la OMI.

(5-7-13)

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