La Comisión Europea envía a Bélgica una carta de notificación formal sobre la organización del trabajo portuario

A finales de marzo, la Comisión Europea envió a Bélgica una carta de notificación formal sobre la organización del trabajo portuario, por considerar que este país incumple la libertad de establecimiento (art. 49 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) impidiendo y/o haciendo menos atractivo el establecimiento en Bélgica de nacionales comunitarios no belgas.

Concretamente, la Comisión enumera varias restricciones a la libertad de establecimiento:

  • La obligación de contratar únicamente a trabajadores registrados en un pool con derechos exclusivos y bajo condiciones que las empresas no controlan.
  • La obligación de usar un contrato laboral portuario específico y no poder decidir libremente el tipo de relación laboral que quieren con sus empleados.
  • La obligación de utilizar “manos” de trabajadores prefijadas, que podrían no estar adaptadas al tipo de tarea concreta a efectuar y, por ello, podrían tener que pagar a trabajadores que permanezcan inactivos.
  • La prohibición de asignar a un trabajador otra tarea para la que también está cualificado, no pudiendo así organizar su labor con trabajadores polivalentes.
  • La obligación de contratar a trabajadores logísticos registrados, que sólo se aplica a las compañías privadas, no a las públicas.

La Comisión no ha aceptado, hasta ahora, las explicaciones de Bélgica y ha razonado lo siguiente:

  • Aunque estas medidas no discriminasen en función de la nacionalidad, la jurisprudencia consolidada establece que la libertad de establecimiento se infringe si la legislación nacional puede impedir o hacer menos atractivo el ejercicio de la libertad de establecimiento, por los nacionales comunitarios.  La CE considera que no se debe dar un trato diferente entre compañías públicas y privadas que desarrollan actividades comerciales similares en un entorno competitivo.
  • Estas restricciones no estarían justificadas por razones imperiosas de interés general, ni por ser adecuadas para alcanzar los objetivos perseguidos. La CE no acepta los argumentos que se refieren a la necesidad de garantizar la disponibilidad y la protección de los trabajadores portuarios y la calidad y seguridad de las operaciones portuarias, ya que se podrían adoptar normas menos restrictivas para lograr esos mismos objetivos.

Bélgica tiene ahora 2 meses para dar una respuesta oficial a la carta de notificación formal de la Comisión. Pasado ese tiempo, y dependiendo de la respuesta, la CE decidirá si dará el siguiente y último paso de la fase precontenciosa: enviar un “dictamen motivado”.

(10-4-14)

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