El comisionado del REF y ANAVE consideran que esta interpretación afectará negativamente a la competitividad del REC
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha confirmado que a la nueva cotización adicional “de solidaridad” aplicable desde el próximo 1 de enero de 2025 no se le podrá aplicar la bonificación del 90% en la cuota empresarial a la seguridad social de los tripulantes de buques inscritos en el Registro Especial de Canarias (REC) que prevé la Ley 19/1994, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF).
Le Ley del REF prevé una bonificación del 90% en la cuota patronal y la extiende “a todos los conceptos incluidos en la cotización”. ANAVE considera que existen dudas, en virtud del principio de legalidad y de jerarquía normativa, sobre que un criterio del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones pueda dejar sin efecto lo dispuesto en una norma de rango de Ley. Para ello sería necesario que una norma de igual o superior rango, posterior en el tiempo, lo modifique.
Además, de no aplicarse la bonificación, el impacto de esta nueva cotización adicional en la cuota empresarial a la seguridad social de un marino enrolado en un buque del REC sería, en porcentaje, significativamente mayor a la de cualquier trabajador en tierra (diez veces más), lo que supondría una merma adicional de la competitividad del pabellón nacional.
En términos parecidos se ha pronunciado el comisionado del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, José Ramón Barrera, quien expresó su preocupación por el alcance del nuevo gravamen, tanto en términos de competitividad empresarial como de respeto. Barrera ha advertido de que el Gobierno central “ha vuelto a olvidar las especificidades del fuero canario”, y tiene la “esperanza en que este criterio pueda rectificarse y evitar que este cambio repentino acabe perjudicando al régimen especial de Canarias”.